Subvención para la Modernización explotaciones agrarias e instalación jóvenes agricultores

12 enero, 2022

Categoría:Noticias

“EXTRACTO de la Orden AGM/1805/2021, de 22 de diciembre, por la que se convocan subvenciones en materia de modernización de las explotaciones agrarias y de instalación de jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, para el año 2022(publicado en el Boletín Oficial de Aragón nº 264, de fecha 30 de diciembre de 2021).

Primero.— Beneficiarios. 

En las subvenciones para la modernización de las explotaciones agrarias, los titulares de las mismas, ya sean personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes o explotaciones de titularidad compartida que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 8 de las bases reguladoras. 

En las subvenciones para la instalación de jóvenes agricultores, las personas físicas que deseen ser agricultores profesionales y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de dicha Orden. 

Segundo.— Objeto. 

Esta Orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a la modernización de las explotaciones agrarias y a la instalación de jóvenes agricultores para el año 2022 (medidas 4.1.a) y 6.1, respectivamente) en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020. 

Tercero.— Bases reguladoras. 

Orden de 17 de diciembre de 2015, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de modernización de las explotaciones agrarias y de instalación de jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, modificada por Orden de 11 de diciembre de 2017. Publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 3, de 7 de enero de 2016. 

Cuarto.— Cuantía. 

Para la modernización de explotaciones agrarias las ayudas tendrán la forma de subvención de capital, con el límite del 35 por 100 de la inversión subvencionable, pudiéndose incrementar hasta en un máximo de 20 puntos porcentuales en determinados casos. 

Para la instalación de jóvenes agricultores, se aplicará un pago básico de 20.000 euros, que podrá incrementarse en función de diversos parámetros hasta un máximo de 70.000 euros. 

Quinto.— Plazo de presentación de solicitudes. 

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación de la presente Orden en el “Boletín Oficial de Aragón” y finalizará el día 15 de marzo de 2022