Época de peligro de incendio.
29 marzo, 2023Categoría:Bando Municipal
Se establece la época de peligro de incendios forestales durante el período comprendido entre el 1 de abril y el 15 de octubre, ambos incluidos.
Prohibiciones
- El uso del fuego en terrenos al aire libre mediante combustibles sólidos que generen residuos en forma de brasa o cenizas, fuera de los lugares en que se autorice o infraestructuras de carácter fijo y permanente especialmente habilitadas para ello.
- Arrojar o depositar materiales en ignición, como fósforos, puntas de cigarros o cigarrillos, brasas o cenizas.
- Utilizar cartuchos de caza con tacos de papel u otros materiales combustibles.
- Arrojar fuera de contenedores o vertederos habilitados a tal efecto residuos tales como vidrios, botellas, papeles, plásticos, materias orgánicas u otros elementos similares.
- Disparar o prender cohetes o explosivos similares.
- Evitar globos o artefactos incontrolados que produzcan o contengan fuego.
- La circulación de vehículos campo a través.
Uso del fuego en quemas agrícolas y forestales
- Se requiere solicitar una autorización en el caso de:
o Quema de vegetación con continuidad fuera de época de peligro (Anexo II. Trámite 831)
o Quemas realizadas en época de peligro para prevenir daños por plagas o evitar otros riesgos de mayor gravedad en época de peligro (Anexo III. Trámite 832)
- Se requiere solicitar una notificación en el caso de:
o Quema de residuos vegetales sin continuidad, fuera de época de peligro (Anexo I. Trámite 9442)
o Quema de residuos de poda de olivos. Quema excepcional y motivada en época de peligro (Anexo I. Trámite 9443)
Uso del fuego en áreas recreativas
El uso del fuego en instalaciones de carácter recreativo, cultural y similares está permitido siempre que se cumpla alguna de estas condiciones:
- En la época de peligro, se permite el uso del fuego únicamente en infraestructuras de carácter fijo y permanente, cerrados por los cuatro costados y bajo un techo con chimenea provista de matachispas, de tal modo que se configure un interior perfectamente definido en el que sea posible la estancia de personas.
Precauciones a adoptar al realizar las quemas:
- Atender al Índice de riesgo por uso del fuego en Aragón que se basa en las condiciones meteorológicas y del combustible y señala si está permitido (verde) o prohibido (rojo) la realización de los usos del fuego.
- Además del índice se deberá atender también a las fechas habilitadas para realizar cada tipo de uso del fuego.
- Adecuar faja sin combustible alrededor de la zona a quemar
- Quemas en días sin viento y suspender inmediatamente si empeoran las condiciones.
- Vigilar la zona hasta que el fuego esté totalmente apagado.
- Adoptar medidas oportunas para evitar la propagación.
- Poseer y llevar autorización.
- O con carácter recreativo en situaciones distintas a las anteriores es necesario solicitar autorización (Anexo V. Trámite 1748
NORMATIVA EN: